declara:
Primero: Su Competencia para conocer la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano Rizziero Guillermo Civitillo Maldonado, actuando en su propio nombre y representación y asistido por la abogada Rosangela Laurentin Nucete, en contra del Tribunal Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco del estado bolivariano de Cojedes.-
Segundo: Inadmisible la presente acción de Amparo Constitucional contra actuaciones judiciales incoada por el ciudadano Rizziero Guillermo Civitillo Maldonado, actuando en su propio nombre y representación y asistido por la abogada Rosangela Laurentin Nucete, en contra del Tribunal Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco del estado bolivariano de Cojedes, por interpretación en contrario del artículo 65 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionale.....