IV
DECISIÓN
Por todas las razones antes expuesta este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de reconocimiento, incoada, en fecha diez (10) de febrero de 2023, por la ciudadana ROSANGEL DEL VALLE CUCUZZA PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.989.746. En consecuencia ordena corregir el reconocimiento Nº 614, folio 153, año 1979, de los libros de autenticaciones, llevado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, donde dice 1979, debe decir y leerse Mil Novecientos sesenta y nueve (1969), que es lo correcto, de conformidad con lo .....