DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la oposición al presente proceso de partición planteada por el Defensor Ad-Litem de la parte codemandada, abogado RAFAEL APONTE MARTINEZ, ampliamente identificado en actas.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA, incoada por los ciudadanos JORGUE RAUL BARRIENTOS y NANCY JOSEFINA BARRIENTOS, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-3.652.745 y V-3.928.342, respectivamente, domiciliados en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, la segunda de ellos representada por el ciudadano EDIXON JESUS OCHOA BARRIENTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.917.014, en contra de.....