Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos CARLOS ERNESTO PÉREZ BREA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.820.971, domiciliado en el Barrio Anima del Jobo, calle principal, casa S/N, sector La Morita del Municipio Tinaco Estado Cojedes, y MARÍA EMILIA GUZMÁN RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.326.338, domiciliada en el Barrio Anima del Jobo, calle principal, casa S/N, sector La Morita del Municipio Tinaco Estado Cojedes, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucion.....