Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana MERCEDES VILLEGAS SOLORZANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.098.329, el derecho de propiedad sobre una (01) Casa de habitación familiar de dos (02) Niveles, con las siguientes características: Primer Nivel: Construido con paredes de bloques frisadas y mezclilladas, piso de cemento pulido, techo de acerolit, vigas 2x1, un (01) porche de platabanda con cerámicas y rejas, una (01) sala, una (01) cocina - comedor, cuatro (04) habitaciones, un (01) baño, cinco (05) puertas, dos (02) ventanas panorámicas .....