CAPITULO –IV-
DECISIÓN
Por lo antes expuesto, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: Incompetente por la materia para conocer el presente asunto por el motivo de Resolución de Contrato por Incumplimiento de Obligaciones, presentado por los abogados Manuel Yamil Assad Brito y Carlos Manuel Cabo Ruiz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-2.777.725, y Nº V-6.692.511 respectivamente, e inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nº 31.580, y Nº 56.457, Apoderados Judiciales del ciudadano Emir José Moros Adams, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-6.315.256 contra el ciudadano Ramiro Alonso Contreras Baptista, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.542.265......