DECISIÓN
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por los
ciudadanos MARIELIS DEL CARMEN GONZALEZ FERNANDEZ Y EUDIS
RAMIREZ VEGA, antes identificados y estudiado el caso en cuestión, este
Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de
la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre
de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve:
Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los
solicitantes, título supletorio de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías,
dejando a salvo los derechos de terceros; todo de conformidad con lo establecido
en el artículo 11, en su único aparte, y del artículo 937 todos del Código de
Procedimiento Civil y al principio constitucional del derecho de acceso a los
órganos de administración de justicia y a la tutela judicial efectiva contenido en el
artículo 26 de la Constitución de la República Bolivar.....