Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Extinguida la instancia por haber operado LA PERENCIÓN en la solicitud de Divorcio por Desafecto, intentada por el ciudadano JULIO CESAR APARICIO MATUTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.665.680, conforme a lo establecido en el 267 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Devuélvase los documentos certificados presentados a la parte interesada. TERCERO: En la oportunidad correspondiente remítase el presente expediente al Archivo Judicial Regional. Así se declara.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y .....