PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado MARIO ANDRES HERNÁNDEZ BORJAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada ciudadana MARIELA JOSEFINA PEÑA BRACHO, contra la resolución Nº 160-2024, dictada el día trece (13) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la resolución, Nº 160-2024, dictada el día trece (13) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA por no encontrarse llenos los extremos de Ley contenidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, respecto al periculum in mora.
TERCERO: Se condena en costas de la incidencia cautelar a la parte demandada/solicitante por resultar vencida, todo ello a tenor de lo establecido en el artículo 274 .....