Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos: Adriana Coromoto Rivas Barona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.992.849, y Enyin Yohan Rojas Fajardo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.011.640, actuando en representación de su hijo Yohan José Rojas Rivas, de un (01) año de edad, nacido en fecha siete (07) de octubre del año 2022, pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA FORMAL como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Tribunal.