REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES

-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ASUNTO: CT-5274-24
SOLICITANTES: Adriana Coromoto Rivas Barona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.992.849, y Enyin Yohan Rojas Fajardo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.011.640.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN (OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN)
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Por recibida la solicitud y los recaudos anexo, por motivo de Homologación de Obligación de Manutención, presentada en fecha 15 de enero de 2024, mediante oficio N°DTM-0091-23-O emitido por la Defensoría Municipal del Niño, niña, y del Adolescente del Municipio Tinaquillo, incoada por la ciudadana Adriana Coromoto Rivas Barona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.992.849, en contra del ciudadano Enyin Yohan Rojas Fajardo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.011.640, actuando en defensa de los derechos e intereses de su hijo, el niño: Yohan José Rojas Rivas, de un (01) año de edad, nacido en fecha siete (07) de octubre del año 2022; representado por sus padres. Por cuanto las partes firmaron acta conciliatoria sobre la Obligación de Manutención, celebrada en fecha seis (06) de diciembre del año 2023, ante la Defensoría Municipal del Niño, niña, y del Adolescente del Municipio Tinaquillo.
El acuerdo quedó establecido de la siguiente manera: “el padre realizara un pago móvil a la cuenta de la madre, por la cantidad equivalente a 20$, para los gastos de la alimentación de su hijo, este pago se realizara los 15 y los últimos de cada mes, iniciando a partir del 15 de diciembre del 2023, en lo referente a los gastos de ropa y calzados, medicinas, gastos educativos, y recreativos serán compartidos entre los padres cuando el niño lo amerite”.

Por consiguiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente acuerdo sobre Obligación de Manutención, celebrado entre los ciudadanos: Adriana Coromoto Rivas Barona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.992.849, y Enyin Yohan Rojas Fajardo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.011.640, actuando en representación de su hijo Yohan José Rojas Rivas, de un (01) año de edad, nacido en fecha siete (07) de octubre del año 2022, pasándolo en autoridad de COSA JUZGADA FORMAL como sentencia firme ejecutoriada. Se ordena conservar el acuerdo en el archivo sede del Tribunal.
Publíquese, Regístrese. Y déjese copia certificada por secretaria
Dado firmado y sellado en la sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los 18 días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 213º de la Independencia y 163º de la Federación.




Luisangela Osuna De Pool
Jueza Provisoria
Greizzy Reyes
La Secretaria


En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión en la página web del tsj.gob.ve/tsj_regiones y en la página cojedes.scc.org.ve, siendo las once y cuarenta y cinco horas de la mañana (11:45 a.m.).



Greizzy Reyes
La Secretaria