-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO EL PAO DE SAN JUAN BAUTISTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana; GLADYS CAROLINA CABEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad números V-15.627.021, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal constante de un área de terreno de, CIENTO DIECIOCHO CON CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (118,59 M²), con un área total de construcción de: CIENTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (85,56 M²). Ubicada en la av. Bolívar del sector "pueblo centro", del Muni.....