IV.-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la demanda presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la demanda por motivo de Desalojo de Local Comercial intentada por los ciudadanos JOSÉ LUIS CONTRERAS LÓPEZ, JOSEFINA MARÍA CONTRERAS DE SCARPITTA, JULIO RAFAEL CONTRERAS LÓPEZ Y JOSÉ FRANCISCO CONTRERAS LÓPEZ, contra el ciudadano LUIS ALFREDO ORTEGA ALVARADO, identificados en auto, todo ello de conformidad con el artículo 340 ordinal 4º y 5ºy 341 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, en la cual no se trabo la litis y se dicta la decisión Inaudita alterampars (Sin la presencia de la otra parte en el proceso), por i.....