Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR intentada por la ciudadana ALEXA MARÍA CASTILLO SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.505.343, en contra de los ciudadanos RAFAEL ALIRIO FERNÁNDEZ CASTILLO y LUISANA MARÍA CAMACHO OQUENDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. 19.811.131 y 28.087.006, respectivamente, respectivamente, en relación el niño (se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
• SE DICTA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE COLOCACIÓN FAMILIAR BAJO LA MODALIDAD DE FAMILIA DE ORIGEN EXTENDIDA, en beneficio del niño (se omite de.....