Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos JUAN ALEXANDER VELÁZQUEZ PUERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.965.008, domiciliado en la Urbanización Aeropuerto, sector 2, casa N° 91-66, San Carlos Estado Cojedes, y ROZZIEL ANDREYSER ORTEGA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.766.047, domiciliada en los Jardines de Ziruma, calle 8, casa N° 202, San Carlos Estado Cojedes; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional, por incompatibilidad de caracteres y por desafecto;.....