Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos MARIA ANGÉLICA GARCÍA OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.109.000, debidamente asistida para este acto por la abogada ANGGELLINA ENZA SUPPA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.888.144, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 289.773, y LUIS ENRIQUE BARRIOS GARAY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.987.974, debidamente asistido para este acto por el abogado JUAN FRANCISCO MORALES GARAY, titular de la cedula de identidad N° V-16.776.754, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.769.....