CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Ricaurte De La Circunscripción Judicial Del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con Lugar, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana: ANA MARIA MUÑOZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.324.547, en contra del ciudadano: YOYERVIS ELEAZAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.340.281, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el día veintidós (22) de agosto de mil novecientos noventa y ocho (1998), hasta la presente fecha. Segundo: Se Ordena, conforme a lo establecido en los artículos 152 de la Ley Orgánica del Registro Civil y 506 del Código Civil Venezolano, librar of.....