IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos JUAN GREGORIO PRADO CORONEL, JUAN LORENZO PRADO SOLORZANO y JUNGRY DEL VALLE PRADO SOLORZANO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 1.331.527, V- 12.109.497 y V- 8.843.455 respectivamente, en la cualidad de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS con vocación hereditaria sobre el acervo de los bienes de la fallecida, ANA LORENZA SOLORZANO DE PRADO (+) venezolana, mayor de edad, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-3.291.....