Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) PRIMERO: inadmisible la pretensión que por cumplimiento de contrato de servicio, interpusiera la profesional del Derecho María Redondo Boscán, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 292.383, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad civil con forma mercantil Servicio de Producción Avícola TS22, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero del estado Zulia, el 8 de agosto de 2023, bajo el número 20, tomo 290-A, representada por el ciudadano Toribio José Sánchez Pallares, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 20.833.744, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en su condición de Presidente, en contra de la sociedad civil con fo.....