En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente solicitud y en consecuencia, DECLINA su conocimiento al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, a quien se ordena remitir estas actuaciones, a los fines de que siga conociendo de la presente solicitud de Divorcio por Desafecto, planteada por el ciudadano JOSE PORFIRIO MACHADO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.324.096, asistido por el Abogado RICHARD JOSE ALVARADO VELAZQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 295.695, contra la ciudadana MARIA STELLA PULIDO MARTI.....