Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio El Pao de San Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al convenimiento celebrado en fecha 23 de Marzo de 2015, entre los ciudadanos Lusmeri Josefina Rojas Azuaje y José Anastasio Vivas Camacho, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 30.661.696 y V- 25.534.042, respectivamente, en la presente solicitud de fijación de Obligación de Manutención, a favor de la niña IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN LO ESTABLECIODO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de dos (02) meses de edad, el cual, fue acordado en los siguientes términos: Primero: A cancelar en favor de su hija Karla Alexandra Vivas Rojas, por concepto .....