Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana Adriana Lisseth Camejo Medina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.593.538, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías edificadas a sus propias expensas con dinero de su peculio personal, sobre un lote de terreno propiedad del Municipio Tinaquillo, estado Cojedes, dentro de la perimetral urbana y enclavadas en terrenos sin vocación agrícola, ubicadas en el sector Buenos Aires, calle El Socorro, Nº 10-360, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se especifican debidamente en la petición, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento C.....