Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos Yerly Elismar Moreno Acevedo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.953.586 y Víctor Adan Petit, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.567.044, con fundamento en la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde la fecha 22/07/1992, según copia fotostática de Acta de Matrimonio Nº 612, Folio 4, de fecha 22/07/1992 del Libro de Registros de matrimonio del Registro Civil de la parroquia José Antonio Páez, Municipio Girardot, estado Aragua Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser ag.....