Se ordena darle entrada y hacer las anotaciones en los libros correspondientes. Por cuanto la presente solicitud no es contraria al orden publico, ni a las buenas costumbres, ni disposiciones expresas de la Ley, se ordena su admisión. Líbrese compulsa de dicha solicitud junto con boleta de citación, a objeto de que se practique la citación de la ciudadana CARMEN ALICIA GUTIÉRREZ AULAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.504.338, A quien se le emplaza a comparecer por ante este Tribunal, al tercer día de Despacho siguiente a que conste en autos su citación a las 10:00 de la mañana, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente se realice un acto conciliatorio con la parte actora, o en su defecto en horas de despacho de 08:30 de la mañana a 03:30 de la tarde, asistida o representada por abogado, dar contestación a la presente demanda. Igualmente líbrese oficio a la ciudadana .....