Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en funciones de jurisdicción especial de justicia de paz comunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y en aras de salvaguardar el orden, la convivencia y la paz social en la comunidad, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio suscrito entre los ciudadanos: MARIA ELENA SOLORZANO CARRIZALES y CARLOS RICARDO CARRILLO CASTILLO, antes identificados. En virtud del presente acto de homologación, dicho acuerdo adquiere carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoria. Procédase como sentencia pasada con autoridad de COSA JUZGADA. Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a las diez de la mañana (10:00 a.m.) del día veintidós (2.....