Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la ley, se ordena su admisión, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana: MILEIBI YOLEX NIEVES, titular de la cédula de identidad Nº. 16.776.488 y a las 10:30 a.m. al ciudadano EFREN ALEXANDER RIVERO SILVA, titular de la cédula de identidad, Nº. 14.900.098, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.