CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano MAIKER JOSÈ ABACHE FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.211.393 en contra de la ciudadana YOALBERLIS MARIA BRACHO CARREÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.628.920 y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, desde el día dieciocho (18) de diciembre del año dos mil quince (2015) hasta el presente. Segundo: Se ORDENA, conforme a lo establecido en los artículos 101, ordinal 6°, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, insertar l.....