IV
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa por Divorcio 185 "A", a solicitud de los ciudadanos DARIO RAMÒN DIAZ SILVA y EUSEBIA DEMETRIA MORENO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.322.149 y V-6.668.981 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas por imperio del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribunal. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artícu.....