Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana ANA CECILIA SOTELDO SIVIRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.001.738, en contra del ciudadano TOMAS ENRIQUE MATHEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.457.298, y en consecuencia, DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía, desde el 17 de septiembre de 1999 hasta la presente fecha. Segundo: se acuerda libra oficio correspondiente a los Registros Principal y Civil de la parroquia El sagrario, Municipio Libertado, estado Mérida. Líbrese oficios respectivos. Tercero: Se ORDENA,.....