CAPITULO IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y ROMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos y a tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Resuelve: "Declarar bastantes y suficientes" las probanzas evacuadas para asegurarle al ciudadano PEDRO MANUEL RODRIGUEZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.606.938, el derecho de propiedad sobre unas bienhechurías (Local comercial) edificadas o construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, distinguido con el Nº "04" ubicadas en la calle Alegría con Ayacucho, ciudad de San Carlos del Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, cuyos linderos, formas.....