IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos MILAGRO COROMOTO GALINDEZ VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.413.318 correo electrónico milagrogn19@gmail.com y ELIO RAMON FLORES QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.534.747, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día cinco (05) de Mayo del año dos mil diecisiete (2017), contraído por ante el Registro Civil del Municip.....