-IV-
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa por motivo de Divorcio 185-A, a solicitud de los ciudadanos LILIANA COROMOTO HERNANDEZ REYES Y WILMAN RAFAEL ROJAS, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-10.329.068 y V-10.321.928, domiciliado la primera en la aguadita Municipio lima Blanco del estado Cojedes y el segundo domiciliado en las tejitas Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes; respectivamente; de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas por imperio del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regís.....