En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Competente por el Territorio para conocer la presente solicitud de Obligación de Manutención, presentada por los ciudadanos EMILI CAROLINA URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.738.304, residenciada en la Jurisdicción del Municipio Tinaco del estado Cojedes, y DENISON RAMÓN INFANTE VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.425.377, residenciado en la Jurisdicción del Municipio San Carlos del estado Cojedes, en beneficio de los adolescentes MOISES IRE INFANTE URBINA, de catorce (14) años de edad, nacido en fecha 28 de octubre del año 2008, y RICARDO GABRIEL INFANTE URBINA, de.....