En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer la presente solicitud de Obligación de Manutención, presentada por los ciudadanos CARLYS MORELYS CORTEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.504.488, residenciada Complejo Habitacional, edificio 5, apartamento 02-04, calle principal Tinaco Estado Cojedes y JOSE RAMON NAVARRO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.451.588, con domicilio el la Avenida Sucre, callejón Neverí, casa S/N Municipio Libertador, Área Metropolitana Caracas, en beneficio del niño SEBASTIAN JOSE NAVARRO CORTEZ, de 09 años de edad, nacido en fecha 03 .....