En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Competente por el Territorio para conocer la presente solicitud de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana KATIUSKA MARIA MONSALVE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.014.186, domiciliada en La Aguadita, sector Las Colinas, calle principal, troncal 5, Municipio Lima Blanco Estado Cojedes, debidamente asistida por el Abogado CARLOS TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 256.723, quien actúa con el carácter de Defensor Público Segundo (E) para el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Cojedes, en contra del ciudadano CONRADO FUENTES PEÑA, venezolano, may.....