Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos LUIS WILFREDO GONZALEZ TAMARONIS y REINA ISABEL CALZADILLA CARABALLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.931.793 y V-8.937.430, respectivamente, en fecha Veintisiete (27) de Septiembre de 2018, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro Civil de la Parroquia Chirica, Municipio Caroní, Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 186, en el Libro de Matrimonios Nro. 2, del año 2018, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá u.....