En apego a la máxima de nuestro tribunal Supremo del Justicia el principio de seguridad jurídica y en vista a los análisis de los autos que conforman la presente demanda, considerando que los actos procesales son de estricto cumplimiento, teniendo las partes el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del proceso; este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIA Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRADO, incoado por la ciudadana IRENE ANTONIA RAMOS FARRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.047.522 y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado Yuri Millán, inscrito en el Ipsa bajo el N° 32.479 contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de id.....