Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se declara SIN LUGAR la demanda de desalojo propuesta por la parte demandante.
SEGUNDO: se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el presente proceso.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.TSJ.gob.ve. Así como en l pagina esta decisión. Déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Primero De Municipio Del Primer Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar a los 07 días del mes de febrero del año 2024. Año 213° de la Independencia y 164° de la Federación.