Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Sin lugar la demanda de Divorcio, fundamentado en la causal 3º del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, incoada por el ciudadano: Carlos Luis Torres Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 15.018.586, contra la ciudadana Erika María Barrios Colmenares, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 16.423.610. Así se decide.
Segundo: En relación a las instituciones familiares, este tribunal ratifica el acuerdo parcial celebrado el día 08 de enero de 2015. En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar y Obligación de Manutención, este tribunal no hace pronunciamiento en virtud de la presente decisión. Así se decide.