esta jurisdicente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Con Lugar la demanda de Reconomiento de Firma de Instrumento Privado, interpuesto por el ciudadano Miguel Antonio Colmenarez Maikosca en contra de la ciudadana Ytamar Rodríguez Sosa y los herederos del ciudadano Luís Enrique Ochoa. Segundo: Se declara reconocido El Instrumento Privado objeto de la pretensión.
Tercero: Se condena en costas a la parte demandada en la persona de la ciudadana Ytamar Rodríguez Sosa, por haber resultado vencida en este procedimiento.