Esta Juzgadora, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Primero: Con Lugar la demanda de Impugnación de reconocimiento voluntario de paternidad, intentada por la ciudadana Kidsi Danessa Flores Alvarado, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.630.437, debidamente asistida por el Abogado Euclides José Herrera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.050, quien actúa en su carácter de Defensor Público con competencia en materia de protección de Niños, Niñas y Adolescentes, contra el ciudadano Alexis Javier Delgado Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.971.970. Así se decide.
Segundo: Se declara la nulidad del acta nacimiento Nº 11, asentada en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por el Registro Civil del Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes de la niña: Adanay Karlexis, que contiene el reconocim.....