Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
Único: Se declara Sin lugar, la demanda de Privación de Patria Potestad, presentada incoada por la ciudadana María Viviana Pineda Macias venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.526.231, domiciliada en el sector la Candelaria, casa s/n, al frente de la escuela "Antonio José de Sucre". Tinaquillo estado. Cojedes, en su condición de abuela materna de la niña se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, de ocho (08) años de edad contra el ciudadano Pedro Joel Coronel Barco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.347.839. Así se decide.-