Esta jurisdicente, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Se declara parcialmente con lugar la demanda por Accidente de Trabajo, Cobro de Prestaciones Sociales y demás Conceptos Laborales, interpuesta por la ciudadana Yosmarlin Karelis Franco Espinoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.109.020, quien actúa propio y representación de la niña se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna, de 03 años de edad en contra de la Sociedad Mercantil Tasca Pizzería y Heladería Sagitario C.A., Representada por el ciudadano Carlos Da Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.802.011. Así se decide.
Segundo: No procedente el Accidente de Trabajo y demás conceptos derivados de este. Así se decide.
Tercero: Se ordena el pago por concepto de diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, en los términos,.....