Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Sin lugar la demanda de tercería interpuesta por la ciudadana Carmen Macias en contra de la ciudadana Santa Teresa Gómez
Segundo: Sin lugar la demanda de Acción mero declarativa de reconocimiento unión concubinaria entre los ciudadanos Santa Teresa Gómez y el ciudadano Pablo Moreno .
Así se declara.