Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de Privación de Patria Potestad presentada por La Fiscal IV del Ministerio Publico en contra la ciudadana Yennifer Coromoto Melo Rojas respecto de la adolescente ..............................
Segundo: Se ratifica la inserción de la adolescente en el hogar paterno, bajo la responsabilidad de su padre Leonardo Agûiño y de su tía paterna, la ciudadana Maria del Carmen Aguiño.
Tercero: Se indica a la progenitora que la Patria Potestad, que se le priva en esta sentencia, puede ser rehabilitada conforme a los supuestos previstos en el Artículo 355 de la LOPNNA.
Cuarto: Se ordena mediante oficio, al Equipo Multidisciplinario de este Tribunal, darle asistencia a los fines de que el ciudadano Leonardo Aguiño materialice la presentación de la adolescente ante el Registro Civil, a través de la abogada del equipo, q.....