En mérito a lo expuesto esta Juzgadora, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda de obligación de manutención interpuesta por la ciudadana Maria Yajaira Orta contra el ciudadano Pantaleón Freddy Molina Pinto, a favor de sus hijos (Se omiten nombres)
SEGUNDO:
El monto establecido por concepto de pensión de manutención mensual es de una cantidad de dinero equivalente a cincuenta y cinco por ciento ( 55%) de un salario mínimo urbano es decir aproximadamente la cantidad de quinientos (500,00 BF) bolívares que deberá pasar mensualmente en forma continua y consecutiva y hasta que el tribunal establezca otra cosa , el obligado en manutención a sus hijos, que deberá ser entregado directamente a la madre de los beneficiarios, ciudadana Maria Yajaira Orta C.I. 12.768.603 , contra recibo firmado, el monto establecido deberá ser ajustado automáticamente cada .....