este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
PRIMERO: Concede Autorización amplia y suficiente a la ciudadana Ana Graciela Rangel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.322.751, quien actúa en su carácter de representante legal del adolescente SE OMITE NOMBRE, de dieciséis (16) años, de acuerdo con lo establecido en esta sentencia para que proceda a vender la cuota parte de los derechos de propiedad que le corresponden a su hijo, es decir, el cinco por ciento (5%), equivalente a la cantidad de Ciento Quince Mil Bolívares (Bs. 115.000,00) sobre el monto total de la venta, es decir, la cantidad de Dos Millones Trescientos Mil Bolívares (Bs. 2.300.000,00), del bien con las siguientes características: Un bien inmueble consti.....