-III-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: La NULIDAD del Auto de Admisión de fecha 03 de Octubre de 2023 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, que riela al folios 161 de la pieza Nº 01 del presente Expediente, y en consecuencia la Nulidad de todos los Actos Subsiguientes, incluyendo la Medida Preventiva de Embargo dictada en fecha 13 de noviembre de 2023, de conformidad con los artículos 206 y 212 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de nueva admisión de la demanda, a fin de revisar los presupuestos de admisibilidad de la misma, lo cual realizará el Tribunal, transcurrido como sea el lapso de apelación de la presente interlocutoria, d.....