D E C I S I Ó N
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la inhibición formulada por la Abogada NELVA VALECILLOS ALVARADO, Jueza de Primera Instancia, en funciones de Juicio Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, en acta de fecha 06 de marzo de 2007.
En virtud de la declaratoria anterior, SE ACUERDA oficiar lo conducente al ciudadano Presidente de este Circuito Judicial Penal a fin de que se sirva oficiar a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, para que sea designado Juez Accidental que conozca de la causa principal en la cual sobrevino la Inhibición dirimida en el presente caso. Así se decide.
Déjese copia de la decisión recaída; remítase el presente cuaderno de incidencias en su oportunidad a la Jueza Inhibida para que tome debi.....