En virtud de las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos Oscar Antonio Veloz Villalonga y Helen Emili Flores Jiménez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nro. 10.986.238 y 17.330.936, respectivamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio Santiago M Cabrera R, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 106.042, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Lima Blanco del Estado Cojedes, el trece de agosto de mil novecientos noventa y nueve (13/08/1999).